Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas en Bolivia
La Ley 259 de 11 de julio de 2012, regula el expendio, consumo y control de calidad en la elaboración e importación de las bebidas alcohólicas.
Las bebidas alcohólicas que se fabriquen, importen y se comercialicen en Bolivia y la publicidad que se realice sobre las mismas, deberán anunciar las siguientes advertencias: “El consumo excesivo de alcohol es dañino para la salud” y “Venta prohibida a menores de 18 años de edad“.
Estas advertencias deberán ser impresas o adheridas, en un espacio no menor del diez por ciento (10%) de la etiqueta o marca del producto que contenga la bebida alcohólica y/o elementos publicitarios en letras mayúsculas, legibles, en colores contrastantes al fondo y en lugar visible.
- Texto completo de la Ley 259 – Descargar
- Reglamento de la Ley, Decreto Supremo de 1347 de 10 de septiembre de 2012 – Descargar
Subdepartamento de Inteligencia Comercial