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Inicio 2024 | Certificación de Origen | Procedimientos Especiales | Procedimientos Especiales ALADI

CERTIFICACIÓN DE ORIGEN


  • ¿Qué es la Certificación de origen?
  • Certificación Electrónica
  • ¿Qué son las Reglas de Origen?
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  • Sistema de Certificación de Origen

  • CERTIFICACIÓN POR ENTIDAD
  • AUTOCERTIFICACIÓN

Conoce qué paises deben acogerse a este régimen de certificación de origen

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Conoce qué paises deben acogerse a este régimen de certificación de origen

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    • Formularios Autocertificación
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    • De minimis o flexibilidad – Autocertificación
    • Operaciones que no confieren origen – Autocertificación

Recuerda que debes elegir el régimen de Certificación de origen de acuerdo al país al que deseas exportar


CERTIFICACIÓN POR ENTIDAD
AUTOCERTIFICACIÓN

  1. Alianza del Pacífico
  2. Bolivia
  3. Argentina
  4. China
  5. Colombia
  6. Cuba
  7. Ecuador
  8. EFTA
  9. India
  10. Indonesia
  11. Japón
  12. Malasia
  13. Mercosur
  14. Perú
  15. Tailandia
  16. Turquía
  17. Unión Europea
  18. Uruguay
  19. Venezuela
  20. Vietnam
  1. Australia
  2. Canadá
  3. Centro América
  4. Corea del Sur
  5. EE.UU
  6. Hong Kong
  7. México
  8. P4
  9. Panamá

Procedimientos Especiales

Procedimientos Especiales ALADI

PAÍS Y ACUERDO Bolivia
(ACE N ° 22)
Cuba
(ACE N ° 42)
Ecuador
(ACE N ° 65)
Colombia
(ALC)
Perú
(ACE N ° 38)
Venezuela
(ACE N ° 23)
Mercosur
(ACE 35) y Uruguay (ACE 73)
Anula y Reemplaza C.O. que NO ha sido visto por la Aduana Importadora En caso de error:

  • Presentar carta con motivos del reemplazo
  • Devolver original y copias disponibles del C.O.
Anula y Reemplaza C.O. que ha sido visto por la Aduana Importadora

En caso de error:

  • Presentar carta con motivos del reemplazo
  • Devolver original y copias del C.O.
  • Indicar en Observaciones: “Anula y reemplaza certificado N°……emitido el….” (indicar  N° de folio y fecha según corresponda)

En caso de error:

  • Se requiere notificación desde la Aduana importadora, mediante carta aludiendo a los errores formales contenidos en el C.O.
  • En un plazo máximo de 30 días desde la notificación de la carta, la entidad certificadora corregirá los errores mediante carta a la aduana solicitante.
Anular C.O. Presentar carta con motivos de la Anulación
Devolver original y copias del C.O.
Duplicado C.O. En caso de extravío o destrucción:

  • Presentar carta con motivos de la solicitud de un Duplicado
  • Presentar copia del C.O. a duplicar y los documentos de respaldo disponibles
  • Mantiene igual número de folio y fecha del certificado primitivo
En caso de extravío o destrucción:

  • Presentar carta con motivos de la Anulación
  • Presentar copia del C.O. a duplicar y los documentos de respaldo disponibles
  • Se emite un C.O. con nuevo número de folio y fecha.
En caso de robo, pérdida o destrucción:

  • Presentar carta con motivos de la Anulación
  • Presentar copia del C.O. a duplicar y los documentos de respaldo disponibles
  • Debe restituirse el certificado original, en caso de ser encontrado
  • Se mantiene igual número de folio y fecha del certificado primitivo

En el caso del trámite de Certificación Digital, no existe “Anula y Reemplaza” ni “Duplicados”, debe emitirse uno nuevo.

Los Procedimientos Especiales no han sido necesariamente negociados o estipulados en los acuerdos comerciales, sin embargo, se han establecido según las situaciones presentadas con el objeto de darle fluidez al proceso de certificación de origen.

  • Procedimientos Especiales ALADI
  • Procedimientos Especiales ASIA
  • Procedimientos Especiales EUROPA
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