México: Nueva norma para los productos lácteos
Una investigación de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reveló que 70 por ciento de las personas creen que un producto lácteo es leche, lo cual es falso. En realidad, es un líquido elaborado a partir de ingredientes propios de la leche, que tampoco contiene el aporte proteínico de esta última.
- La publicación de la nueva norma oficial mexicana (NOM) 183 termina con esta confusión y ordena a los fabricantes de productos lácteos informar en las etiquetas de los envases el tipo de producto que venden.
En tanto, la actualización de la NOM 155 relativa a la leche obliga a las empresas procesadoras a incrementar de 70 a 80 por ciento el contenido de caseína (proteína principal), pues hasta ahora, los mexicanos han sido afectados con un aporte nutrimental inferior al que deberían obtener del líquido, asegura la Secretaría de Economía (SE), encargada del proceso de reforma de los ordenamientos.
Las etiquetas en los envases de los productos lácteos deberán abarcar, por lo menos, 25 por ciento del espacio disponible y decir, por ejemplo, si contiene grasa vegetal. También indicar si es rehidratado, reconstituido, deslactosado, y si contiene algún otro ingrediente frutas o si sólo tiene el sabor.
Actualmente, esta información puede pasar inadvertida e incluso no encontrarse en los envases ni en la publicidad, de acuerdo con el análisis realizado por la SE para justificar la decisión de separar a la leche de los productos lácteos en dos NOM. Hasta hace unos días los lineamientos para ambas mercancías estaban contenidas en la NOM 155.
El proceso de actualización de la NOM 155 sobre la leche y creación de la nueva NOM 183 relativa a productos lácteos se inició en julio de 2011 y concluyó el pasado 3 de mayo, con la publicación de los ordenamientos en el Diario Oficial de la Federación. A partir de esa fecha, los fabricantes y procesadores disponen de 180 días naturales para darles cumplimiento.
En la justificación de los cambios a la normatividad, presentados a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, la SE señaló que a partir de esta información es evidente que un considerable porcentaje del mercado de leche y derivados se constituye en un riesgo para el consumidor, ya que adquieren productos lácteos con una confusión manifiesta sobre lo que son en verdad, y en otros casos, por la posibilidad de que en sus ingredientes, tales mercancías incumplan con lo mínimo en cuanto a aporte proteínico recomendado.
Por otra parte, con la actualización de la NOM 155, las empresas procesadoras de leche deberán incrementar el contenido de la caseína. Esta es una proteína exclusiva de la leche que aporta aminoácidos esenciales y es la sustancia que le da a este alimento su alto valor nutricional. En el mercado internacional, indicó, con un nivel de 70 por ciento de caseína los productos no se consideran leche.